Las autoridades de Moscú deben respetar el derecho a la libertad de reunión pacífica
Índice AI: EUR 46/002/2010
29 de enero de 2010
Amnistía Internacional insta a las autoridades de Moscú a respetar el derecho a la libertad de expresión y de reunión pacífica y a no obstaculizar una concentración pública prevista para el 31 de enero y convocada por defensores y defensoras de los derechos humanos y activistas políticos. La finalidad de este acto es, precisamente, reivindicar el derecho a la libertad de reunión pacífica, consagrado en el artículo 31 de la Constitución de la Federación Rusa y en el artículo 11 del Convenio Europeo de Derechos Humanos.
Desde mayo de 2009, todos los días 31 de mes, a las seis de la tarde, un grupo de defensores y defensoras de los derechos humanos y de activistas políticos vienen convocando concentraciones en defensa del derecho a la libertad de reunión en la moscovita plaza de Triumfalnaia, uno de los enclaves en los que con frecuencia se celebran manifestaciones. De conformidad con la ley, el grupo ha informado siempre a las autoridades municipales, a quienes ha recordado que el artículo 31 de la Constitución rusa consagra el derecho de manifestación. Sin embargo, las autoridades de Moscú han hecho uso reiteradamente de sus facultades para denegarles el permiso, alegando que, pese a que el grupo presenta su solicitud con la mayor antelación posible, 15 días antes de la concentración, otro grupo ha solicitado ya permiso para otro acto en el mismo lugar y a la misma hora.
Si bien se ha prohibido una y otra vez a este grupo concentrarse en la plaza de Triumfalnaia los días 31 de mes, otros grupos sí que han recibido autorización para celebrar reuniones, concentraciones y actos en dicha plaza. Por ejemplo, el 31 de octubre, una organización de veteranos de guerra se concentró en la plaza de Triumfalnaia. Tras varias averiguaciones, se descubrió que los veteranos habían previsto celebrar la concentración más temprano, pero que se les sugirió que lo hicieran a las seis de la tarde.
Amnistía Internacional considera poco creíble que los días 31 de mes se haya solicitado siempre permiso previamente para celebrar otra manifestación u otro acto en la plaza de Triumfalnaia que impida a las autoridades moscovitas conceder permiso a los defensores y defensoras de los derechos humanos y a los activistas políticos para reunirse allí. Y en cualquier caso, el respeto al derecho de todas las personas, sin discriminación, a la libertad de reunión pacífica obligaría a las autoridades a facilitar todo lo posible ambos actos en el caso de que se notifiquen dos concentraciones en el mismo lugar y a la misma hora. Las circunstancias de las reiteradas prohibiciones de estas manifestaciones en concreto hacen pensar que la negativa responde a motivos políticos.
La libertad de reunión pacífica es esencial para el ejercicio de la libertad de expresión y, en virtud del derecho internacional de los derechos humanos, Rusia tiene el deber de defender ambos derechos.
El derecho internacional no permite restringir el derecho a la libertad de reunión pacífica, a menos que así lo exija la ley y se pueda demostrar que la prohibición es necesaria a fin de proteger ciertos intereses públicos legítimos o los derechos de otras personas. Las medidas utilizadas en tales supuestos deben ser proporcionadas (debe recurrirse al medio menos entorpecedor posible para alcanzar el fin), y no debe poner en peligro el derecho en cuestión. Es más, en virtud del derecho internacional, Rusia está obligada a garantizar que todas las personas gocen por igual del derecho de reunión pacífica, sin discriminación por ningún motivo, incluidos los de credo político o de otro tipo.
Amnistía Internacional insta a las autoridades rusas a cumplir su obligación, conforme al derecho internacional de los derechos humanos, de respetar y proteger los derechos a la libertad de expresión y de reunión pacífica y, en particular, a permitir la manifestación de los defensores y defensoras de los derechos humanos y de los activistas políticos prevista para el 31 de enero. En el futuro, deberán garantizar que, cuando se les notifiquen manifestaciones, concentraciones o reuniones públicas, las restricciones impuestas, en su caso, obedezcan a una necesidad demostrable y proporcionada de acuerdo con las razones consideradas legítimas por el derecho internacional de los derechos humanos. Asimismo, en el caso de que se especifiquen restricciones, se debe conceder a los organizadores de la concentración la posibilidad de apelar contra la decisión de la autoridad reguladora ante un tribunal independiente, antes de la fecha prevista para el acto.
Fin
Documento público
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Martes, Febrero 2, 2010 , 7:23 pm clasificado como: Derechos Humanos en Europa, Libertad de Expresión, Temor por la seguridad, derechos económicos sociales y culturales.



