Macedonia: Hay que proteger contra la discriminación por orientación sexual
Índice AI: EUR 65/001/2010
Amnistía Internacional ha escrito hoy a las autoridades macedonias para expresar su preocupación por la Ley contra la Discriminación aprobada el pasado jueves, que no contiene ninguna disposición para proteger contra la discriminación a las personas lesbianas, gays, bisexuales y transgénero (LGBT).
La organización ha instado a que se devuelva sin demora la ley al Parlamento a fin de que se aprueben de inmediato las reformas necesarias para garantizar la protección contra la discriminación por motivos de orientación sexual e identidad sexual.
En la carta, dirigida al primer ministro, Nikola Gruevski, se señala que un requisito de la adopción del acervo de la Unión Europea es la existencia de legislación exhaustiva contra la discriminación y que la aprobación de la esta ley sin disposiciones para la protección de las personas LGBT es incompatible con la Carta de los derechos fundamentales de la Unión Europea. Asimismo, la protección contra la discriminación por tales motivos es una obligación en virtud de tratados internacionales de derechos humanos en los que Macedonia es Estado Parte.
Amnistía Internacional considera inadecuada la sugerencia hecha por el ministro de Trabajo y Política Social, Xhelal Bajrami, en el sentido de que las personas LGBT podrían solicitar protección por “otros motivos”. La legislación en cuestión ha de abarcar expresamente a todas las personas cuyos derechos deben protegerse de acuerdo con la ley e incluir específicamente la orientación sexual en la lista de motivos de discriminación prohibidos.
Amnistía Internacional ha señalado también que el Comité de Ministros del Consejo de Europa, cuya presidencia asumirá Macedonia en mayo de 2010, formuló en marzo una recomendación a los Estados miembros del Consejo para garantizar que protegían los derechos de las personas LGBT por medido incluso de la aprobación de leyes contra la discriminación.
FIN
Documento público
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Lunes, Abril 19, 2010 , 1:59 am clasificado como: Derechos Humanos en Europa, Derechos de Lesbianas, Gays, Bisexuales, Transexuales y, Discriminación, derechos económicos sociales y culturales.



