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Américas: Estados intensifican ofensiva contra la sociedad civil mediante “leyes anti-ONG”

Aspecto de la conferencia de medios en la que fue presentado hoy, en Paraguay, el informe Rompiendo el tejido social.

Varios países de las Américas están adoptando marcos legales restrictivos para debilitar, controlar e incluso desmantelar a las organizaciones de la sociedad civil, advirtió hoy Amnistía Internacional al presentar su nuevo informe Rompiendo el tejido social: El impacto de leyes restrictivas sobre organizaciones de la sociedad civil en las Américas.

Entre 2024 y 2025, Ecuador, El Salvador, Nicaragua, Paraguay, Perú y Venezuela aprobaron o reformaron marcos normativos que imponen controles desproporcionados a las organizaciones de la sociedad civil (OSC), afectando directamente su capacidad para apoyar y acompañar comunidades, defender derechos humanos, operar, y acceder a recursos.

“Lo que estamos viendo es un preocupante patrón regional. Las llamadas ‘Leyes anti-ONG’ reflejan el avance de prácticas autoritarias que buscan silenciar las voces críticas y consolidar el poder a cualquier costo” afirmó Ana Piquer, Directora para las Américas de Amnistía Internacional.

Un patrón regional para silenciar voces críticas

El análisis comparado de Amnistía Internacional identificó elementos comunes en las legislaciones adoptadas en la región.

En todos los países analizados, la aprobación de estas leyes estuvo precedida por campañas de estigmatización contra organizaciones sociales y personas defensoras de derechos humanos. Autoridades, legisladores y vocerías afines describieron a las organizaciones de la sociedad civil como “enemigos internos”, “agentes extranjeros”, o “antipatrias”, alimentando la desconfianza social hacia dichas organizaciones, y generando un clima de intimidación que, en algunos casos —como en Paraguay—, incluyó expresiones racistas y misóginas, promoviendo un entorno de miedo y autocensura.

Las leyes, además, fueron aprobadas sin procesos adecuados de consulta pública ni diálogo. Aunque se justificaron en nombre de la transparencia o la prevención de delitos financieros, en la mayoría de los casos ya existían mecanismos regulatorios suficientes para cumplir con estos fines. La rapidez legislativa, la falta de evidencia sobre los riesgos alegados, y la ausencia de análisis de impacto revelan que su verdadero propósito es ampliar el control estatal sobre la sociedad civil.

Disposiciones vagas, controles arbitrarios y sanciones desproporcionadas

Las normas analizadas contienen definiciones amplias y ambiguas como “orden público”, “actividad política”, “interés social” o “desnaturalización de objetivos” que permiten interpretaciones discrecionales y habilitan la aplicación selectiva de estas leyes contra personas u organizaciones críticas.

Las leyes incluyen registros administrativos y condicionan el funcionamiento de una organización a la aprobación estatal, sin plazos claros y bajo criterios opacos. Estos son mecanismos de autorización previa que están prohibidos por estándares internacionales de derechos humanos.

Además, las organizaciones deben presentar requisitos reiterativos o excesivos, entre otros, informes financieros y operativos exhaustivos, inventarios, notificaciones previas sobre el uso de fondos. Estas obligaciones no solo duplican requisitos existentes, sino que desvían recursos humanos y financieros de su labor principal. 

En Venezuela, por ejemplo, la discrecionalidad administrativa y requisitos imposibles han obstaculizado la labor de organizaciones de derechos humanos, al imponer registros bajo criterios opacos, exigir información sensible y amenazar con sanciones.

El control sobre el financiamiento es otro elemento central. Las restricciones al acceso a cooperación internacional, los impuestos abusivos, como en El Salvador, y los requisitos previos para recibir fondos han dificultado la sostenibilidad de proyectos esenciales, particularmente aquellos vinculados a derechos humanos, género, medioambiente y pueblos indígenas.

En algunos contextos, bancos y donantes han condicionado sus relaciones al cumplimiento de estas leyes, lo que ha provocado la reducción o cancelación de programas que atienden a poblaciones vulnerables.

Riesgos para la seguridad y criminalización

Las leyes también obligan a divulgar información detallada sobre donantes, beneficiarios y personal, sin garantías efectivas de protección de datos. En contextos de hostilidad estatal, esto expone a personas defensoras, personas LGBTIQ+, víctimas de violencia y pueblos indígenas a mayores riesgos de persecución y vigilancia.

Asimismo, varios marcos normativos contemplan sanciones desproporcionadas y con un amplio margen de discrecionalidad que incluyen multas exorbitantes, congelamiento de cuentas bancarias, confiscación de bienes, suspensión o cancelación de la personalidad jurídica e incluso sanciones penales.

En Perú, una organización de la sociedad civil podría ser disuelta únicamente por representar legalmente a víctimas de violaciones de derechos humanos en un litigio contra el Estado.

En Nicaragua, estas disposiciones han resultado en el cierre masivo de miles de organizaciones. En otros países, como Ecuador, se han documentado casos de suspensión, intervención o bloqueo de cuentas como mecanismos de presión.

Un impacto que va más allá de las organizaciones

Las organizaciones de la sociedad civil cumplen un papel fundamental en el tejido social y en la protección cotidiana de los derechos humanos. En muchos casos son quienes documentan abusos estatales, apoyan jurídicamente a víctimas ante los tribunales, acompañan la defensa de territorios indígenas frente a proyectos extractivos, brindan soporte a sobrevivientes de violencia de género, promueven la transparencia pública o monitorean procesos electorales y judiciales.

Cuando estas organizaciones son silenciadas o desmanteladas, las comunidades pierden aliados fundamentales para exigir justicia, acceder a información y defender sus derechos.

Las personas defensoras entrevistadas por Amnistía Internacional describen un deterioro profundo en su capacidad de actuar, incidir en políticas públicas y acompañar a comunidades.

Muchas reportan agotamiento emocional, reducción de actividades, migración forzada o autocensura. En algunos casos, el hostigamiento prolongado ha derivado en exilio.

“La libertad de asociación es un puente para el ejercicio de otros derechos. Cuando se desmantelan organizaciones de la sociedad civil, comunidades enteras pierden apoyo, representación y mecanismos para exigir justicia. Sin una sociedad civil fuerte e independiente, la gente no puede disfrutar ni defender los derechos humanos”, señaló Rosalía Vega, directora de la Sección de Paraguay de Amnistía Internacional.

Un llamado urgente a revertir el cierre del espacio cívico

Amnistía Internacional concluye que las leyes analizadas no cumplen con las obligaciones internacionales en materia de libertad de asociación, libertad de expresión, privacidad y el derecho a defender derechos humanos.

Lejos de fortalecer la transparencia, estas normativas contribuyen al cierre del espacio cívico y consolidan prácticas autoritarias.

La organización insta a los gobiernos de la región a:

  • Derogar o modificar las leyes que vulneran la libertad de asociación.
  • Cesar los discursos estigmatizantes contra organizaciones y personas defensoras.
  • Garantizar que cualquier regulación de las OSC cumpla con los principios de legalidad, necesidad y proporcionalidad.
  • Facilitar el acceso a financiamiento nacional e internacional sin restricciones indebidas.
  • Abstenerse de criminalizar la labor legítima de defensa de derechos humanos.

Asimismo, llama al Grupo de Acción Financiera Internacional y a la comunidad donante a rechazar el uso indebido de estándares financieros como pretexto para limitar el trabajo de la sociedad civil.

“Proteger el derecho a organizarse es proteger el corazón mismo de los derechos humanos.” concluyó Ana Piquer.

Más información

Informe Rompiendo el tejido social: El impacto de leyes restrictivas sobre organizaciones de la sociedad civil en las Américas

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