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Sustracciones ilegales de bebés en España

Manu Mediavilla

Manu Mediavilla

Colaborador de Amnistía Internacional

El término “bebés robados” engloba a los miles de niños y niñas, hoy adultas, que podrían haber sido víctimas de apropiación, desaparición forzada y/o sustitución de su identidad en España desde el final de la guerra civil hasta mediados de la década de los noventa del siglo XX. La sustracción ilegal de menores, cuyo contexto de ideología de género franquista y control sobre la mujer merece atención especial, tuvo múltiples escenarios: centros penitenciarios, hospitales, maternidades y centros de beneficiencia gestionados por congregaciones religiosas sin adecuada supervisión del Estado. E incluso desborda el ámbito español en algunos casos de personas que sospechan haber sido sustraídas aquí para ser entregadas a familias de países latinoamericanos como México o Chile.

Ideología de género franquista

Una referencia clave en la sustracción ilegal de menores fue la ideología de género franquista, que comenzó en la posguerra con una acentuada represión sobre la “mujer republicana” y que continuó durante el régimen de Franco. El discurso de infantilización de las mujeres continúa todavía cuando, al emprender la búsqueda de su hija o hijo, se les niega veracidad a sus denuncias, se las considera locas o histéricas, o incluso arrepentidas de haber entregado a sus bebés en adopción.

Para el franquismo, la única finalidad de las mujeres era ser madres y garantes de la moralidad ideológica de la época. Ese marco discriminatorio se reforzó con informes ‘científicos’ del Programa al Servicio de España y del Niño Español 1939-1963 que responsabilizaban a las madres –principalmente pobres, jóvenes, solteras, trabajadoras o con relaciones fuera del matrimonio– de la mortalidad infantil. Y se acompañó de leyes, muchas vigentes hasta finales de los 90, que limitaban sus derechos, regulaban el registro de menores y permitieron hasta 1987 que la adopción fuera un negocio jurídico entre particulares que contemplaba la participación de hospitales, maternidades y centros de beneficencia gestionados mayoritariamente por organizaciones religiosas.

Todo ese entramado legal e ideológico permitía prácticas poco transparentes y pudo servir de cobertura a la sustracción ilegal de bebés. De hecho, la propia Ley de Adopción de 1987, que ponía fin a ese sistema tan irregular, reconocía en su exposición de motivos la hasta entonces “falta casi absoluta de control de las actuaciones que preceden a la adopción”, que “permitía en ocasiones el odioso tráfico de niños (…) y daba lugar, otras veces, a una inadecuada selección de los adoptantes”.

En los primeros años de posguerra hubo una “desaparición legalizada” de menores por parte del Estado con pérdida de su identidad al separarlos de sus madres o familias republicanas o represaliadas. El régimen franquista aprobó legislación que separaba de sus madres encarceladas a los menores cuando cumplían tres años –en muchos casos se perdía su pista– y reformó el Código Civil de 1941 para “reintegrar física y espiritualmente a la patria” a los niños y niñas que regresaban a España, para lo cual se permitió modificar su filiación e integrarlos en familias que el franquismo consideraba de “comportamiento irreprochable”.

Paralelamente, el régimen se apoyó en instituciones como el Patronato de Protección a la Mujer (1942-1984) para asegurar “la dignificación moral de la mujer, especialmente de las jóvenes, para impedir su explotación, apartarlas del vicio y educarlas con arreglo a las enseñanzas de la Religión Católica”. Por allí pasó un grupo heterogéneo de madres solteras, embarazadas por abusos en el ámbito familiar, mujeres con ideología cercana a partidos de izquierdas, o incluso simples aficionadas a las discotecas.

También se reguló la “ley de parto anónimo“, vigente de 1948 a 1999, que permitía a las madres ocultar su identidad al dar a luz. Esto debía proteger su intimidad, pero terminó siendo la puerta de muchas apropiaciones: ella nunca podría reclamar a su hijo, que a su vez nunca tendría una pista de quién era su madre biológica. Máxime cuando tal vacío registral se completaba con una inscripción falsa y la madre adoptiva constaba como madre biológica.

“Yo lo que necesito son respuestas, de por qué se hacían las cosas así, de quien permitió que esto se hiciera así, y saber qué es lo que ha pasado. Y saber quién es mi madre, que al fin, lo que busco es eso”

M.Z., caso del informe de Amnistía Internacional. Nacida en 1972, se encuentra inmersa en un proceso de búsqueda de su identidad y su origen biológico

Foto del 6 de agosto de 1940. Imagen del Auxilio Social. En la foto, habitación de uno de los centros de maternidad. © Efe

Amnistía Internacional ha documentado denuncias sobre sustracciones ilegales de menores durante la Guerra Civil. el franquismo y los primeros años de la democracia. © Banc d’imatges infermeres

Cifras indirectas

La Audiencia Nacional ha constatado que en España se propició entre 1937 y 1950 una desaparición “legalizada” de menores de edad con pérdida de su identidad. A falta de datos oficiales, resulta difícil estimar su número, pero se barajan algunas cifras indirectas para aproximarse a esa realidad, como las hijas e hijos de presas tutelados por el Estado (30.960 entre 1944-1954) o como los menores repatriados tras la guerra civil (20.266 en 1949, según el Servicio Exterior de la Falange) y que no siempre quedó claro que fueran devueltos a sus familias.

Amnistía Internacional España subraya que se ha vulnerado el derecho a la protección de la vida familiar, que incluye el derecho a la identidad, nacionalidad, nombre y relaciones familiares sin injerencias ilícitas. Y esa violación de derechos humanos, con independencia de si hubo o no desaparición forzada, se ha prolongado en el tiempo por la incertidumbre y el dolor asociados a los procesos de búsqueda. Un sufrimiento emocional y psicológico que puede alcanzar el umbral de la tortura y otros malos tratos (así lo han reconocido el Tribunal Europeo de Derechos Humanos y el Grupo de Trabajo sobre desapariciones forzadas o involuntarias de la ONU) y que solo podrá aliviarse con respuestas concretas sobre lo sucedido y con su reparación.

De ahí la insistencia de Amnistía en la necesidad de investigar y esclarecer los hechos para conocer la verdad, y en su demanda de reforma del Código Penal para que incluya la imprescriptibilidad del delito de desaparición forzada mientras las personas que buscan a sus hijas e hijos no reciban información clara sobre su suerte y paradero y hasta que se garantice a quienes buscan a sus padres biológicos la posibilidad real y legal de restablecer su identidad y lazos familiares.

“Para el franquismo, la única finalidad de las mujeres era ser madres y garantes de la moralidad ideológica de la época”

Decenas de personas participan en una concentración contra las sustracciones ilegales de bebés en Madrid el 9 de noviembre de 2011. Cientos de mujeres españolas han denunciado en el último año que sus bebés fueron robados al nacer y entregados en adopciones ilegales durante y después de la dictadura de Franco y en la década de 1980. © REUTERS/Juan Medina

Oscuridad e impunidad

El archivo de causas por prescripción del delito y las escasas investigaciones abiertas han contribuido a que la mayoría de casos permanezcan sin esclarecer y continúen impunes. La respuesta del Estado, que en los primeros años tuvo incluso un papel de autoría o complicidad, ha sido inadecuada e insuficiente, cuando no marcada por el desinterés. Amnistía Internacional considera que España ha incumplido sus obligaciones internacionales.

El poder judicial se ha apoyado precisamente en la prescripción de los hechos para archivar la mayoría de las denuncias sin apenas investigación, lo que contraviene los estándares internacionales sobre investigación de posibles desapariciones forzadas. La Fiscalía General del Estado (FGE) abrió 2.138 diligencias entre 2011 y marzo de 2021, pero solo 526 llegaron a ser judicializadas y apenas cinco seguían tramitándose en 2019, sólo una en el año 2020. La denuncia colectiva presentada el 19 de diciembre de 2020 sobre 56 casos ocurridos entre 1952 y 1987 en Andalucía, País Vasco, Cataluña, La Rioja, Madrid y Galicia, es una muy buena noticia para las víctimas. La FGE tiene la oportunidad de mantener el criterio de descartar posibles conexiones entre múltiples casos por tratarse de hechos que supuestamente tuvieron lugar en poblaciones distintas, con procedencias diversas de los menores, diferentes equipos médicos y perfiles de personas denunciantes muy variados.

La Fiscalía del Estado ya lo descartó en 2014, cuando un Grupo de Trabajo de Naciones Unidas se hizo eco de miles de denuncias sobre sustracciones ilegales de menores y sugirió contemplar esas posibles conexiones en las investigaciones judiciales. Aunque no se puede afirmar que existiera una trama organizada, Amnistía Internacional España ha constatado elementos comunes en las denuncias documentadas en su investigación, que ha cubierto todo el país pero ha centrado el foco en las cinco comunidades autónomas (Andalucía, Cataluña, Comunidad Valenciana, Madrid y País Vasco) que concentran más del 80% de las diligencias de la FGE. Las familias afectadas solían ser de origen humilde, madres jóvenes, e incluso madres solteras. Las supuestas sustracciones se producían en hospitales donde intervenía personal sanitario y religioso con procedimientos similares: se informaba de la muerte del bebé, pero casi nunca se le podía ver y el hospital se encargaba del entierro.

En los procesos de búsqueda, protagonizados mayoritariamente por mujeres, los resultados también fueron parecidos: falta de información, información errónea o falsa –niñas y niños registrados como hijos biológicos de sus familias adoptivas– y acompañamiento escaso, cuando no inexistente, por parte de las autoridades. Mientras los mecanismos del poder ejecutivo para asistir a las víctimas han tenido alcance limitado y muy pocas competencias (el Servicio de Información a Afectados del Ministerio de Justicia funciona desde 2012), el legislativo no ha aprobado una normativa específica que garantice los derechos de las víctimas en todo el Estado.

“La falta de respuesta aumenta un sufrimiento psicológico que alcanza el umbral de la tortura y otros malos tratos, según reconocen organismos internacionales de derechos humanos. ¡Firma para que se apruebe una ley sobre bebés robados”

María José Picó caso del informe de Amnistía Internacional. © Private

Carga sobre las familias

Y aunque algunas comunidades han impulsado medidas con ese objetivo, se echa en falta una actuación firme, complementaria y coordinada de los gobiernos central y autonómicos para garantizar una asistencia integral a las víctimas. De hecho, el citado servicio ministerial tiene muchas carencias (no incluye acompañamiento a víctimas, apoyo psicológico ni orientación jurídica, y su seguimiento de casos es mínimo) y ofrece modestos resultados: tramitó706 solicitudes de ayuda para 834 personas afectadas, de las que 216 se consideraron inválidas; hasta marzo de 2021, apenas ha identificado a algún posible familiar en 19 casos, todos relativos a adopciones. 

Además, ni el Estado ni la Iglesia (que guarda documentos relacionados con adopciones anteriores a la Ley de Adopción de 1987) están facilitando el acceso de las personas afectadas a los archivos ni a documentación relevante. Amnistía Internacional España pide que la Iglesia católica permita el acceso a sus archivos al entender que tuvo y sigue teniendo un papel importante en esa realidad, ya que, además de su protagonismo en las adopciones privadas hasta 1987, dirigía instituciones de beneficencia para madres solteras e inclusas para menores sin familia. La negativa eclesiástica a tal acceso suele basarse en la titularidad privada de los registros, la protección de datos, el derecho a la intimidad o la inviolabilidad de sus archivos conforme a los Concordatos entre España y el Vaticano. En todo caso, el derecho a la verdad exige al Estado que facilite el pleno acceso a la información disponible en archivos estatales y privados para permitir la búsqueda de las personas desaparecidas. La Conferencia Episcopal sostiene que solo tendría competencia para permitir el acceso a determinados archivos, como los parroquiales, y siempre por peticiones individuales.

“Las sustracciones ilegales de bebés no es una violación de derechos humanos del pasado. Sus efectos no han cesado y persisten hoy”

 

Al final, aunque la obligación de dar respuestas corresponde al Estado, el peso de la búsqueda sigue recayendo en las familias, que han de enfrentar dificultades y obstáculos enormes. En muchos casos de niñas y niños desaparecidos, a las ahora personas adultas les resulta imposible conocer su identidad biológica y encontrar a su familia porque la inscripción en el Registro Civil se realizaba con información falsa o datos personales alterados.

Amnistía Internacional reconoce los esfuerzos de algunas comunidades que han aprobado normativas específicas, como Cataluña con su reciente Ley de Desapariciones Forzadas de Menores que crea una Oficina de Víctimas y una base de datos de ADN, o como Canarias con su ley de abril de 2019 para facilitar las investigaciones con la consulta de archivos y documentación. Pero alerta del riesgo de que las medidas fragmentadas y acotadas territorialmente puedan limitar los procesos de búsqueda y desembocar en una disparidad autonómica de derechos para las víctimas.

Una mujer sostiene una pancarta contra el posible robo de bebés robados. © REUTERS/Juan Medina(ESPAÑA)

Oportunidad histórica

Por eso Amnistía Internacional España aboga por una normativa estatal que establezca un mecanismo accesible para las víctimas y que centralice y coordine todos los procesos de búsqueda. La actual tramitación en el Congreso de una Proposición de Ley sobre bebés robados es una oportunidad histórica para impulsar el esclarecimiento efectivo de esas violaciones de derechos humanos y para garantizar verdad, justicia y reparación a las víctimas.

El texto reconoce su derecho a acceder a documentación relevante para los procesos de búsqueda, responsabiliza al Ministerio de Justicia de costear las exhumaciones y pruebas de ADN y establece el derecho a la obtención de asistencia médica, jurídica y psicológica gratuita. La ley creará un “Banco único de ADN” estatal y gratuito y una Comisión Estatal por el Derecho a la Identidad encargada de desarrollar un plan integral nacional de búsqueda de personas desaparecidas y asistencia integral a las víctimas.

“Llevamos décadas sin respuesta a miles de denuncias de desaparición forzada, apropiación y/o sustitución de identidad de niños y niñas. Se trata de una impunidad inaceptable”

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