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Amnistía Internacional advierte falta de avance sustantivo en el cumplimiento del Estado mexicano a las recomendaciones de CEDAW

  • Problemas en el diseño e implementación de políticas públicas y en asignación de recursos, entre otros, merman la capacidad del Estado mexicano para lograr cambios reales
  • Los señalamientos están en un informesobre el seguimiento de recomendaciones al Estado mexicano, enviado por Amnistía Internacional al Comité CEDAW

Amnistía Internacional advierte una falta de avance sustantivo, por parte del Estado mexicano, en el cumplimiento de las recomendaciones que le hizo el Comité CEDAW en materia de feminicidio, desaparición de mujeres y niñas y alerta de violencia de género.

El señalamiento está contenido en el Informe al Comité para la Eliminación de la Discriminación Contra la Mujer,elaborado por Amnistía Internacional México.

Cabe mencionar que el Estado mexicano envió su informe al Comité CEDAW en 2018 y, en respuesta, el Comité de Expertas emitió una serie de recomendaciones. El informe de Amnistía Internacional versa precisamente sobre algunos de los puntos recomendatorios hechos por el Comité. El Estado mexicano debe emitir informe completo en 2022.

El informe de Amnistía Internacional México, enviado al Comité CEDAW, advierte y lamenta el aumento de los delitos de feminicidio y desaparición de mujeres y niñas, así como la poca eficiencia observada para mejorar el mecanismo de Alerta de Violencia de Género contra las Mujeres (AVGM).

Si bien Amnistía Internacional reconoce el interés de las autoridades para avanzar en el respeto, garantía y protección de los derechos humanos de las mujeres y niñas, hace notar que los problemas en el diseño e implementación de políticas públicas, así como en la asignación de recursos y el excesivo uso del derecho penal, han mermado la capacidad del Estado mexicano para lograr cambios reales, lo que ha impedido que cumpla de manera efectiva las recomendaciones del Comité CEDAW.

El informe de Amnistía Internacional incluye una serie de recomendaciones, orientadas a que el gobierno mexicano de cabal cumplimiento a lo solicitado por el Comité CEDAW, con la intención de que pudieran ser retomadas por el Comité de Expertas. A continuación, se hace referencia a algunas de ellas.

Feminicidio

En este tema, el Comité CEDAW recomendó al Estado Mexicano tipificar como delito el feminicidio en todos los códigos penales estatales, acorde con la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia. Al respecto, Amnistía Internacional señala que si bien 31 entidades federativas tienen ya un tipo penal específico, a la fecha continúan existiendo disparidades entre penas y elementos objetivos del tipo penal.

Sobre la recomendación del Comité CEDAW para normalizar “los protocolos de investigación policial del feminicidio en todo el Estado parte”, Amnistía Internacional advierte que, aunque la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó, en 2015, que toda muerte violenta de mujeres debe investigarse como un posible feminicidio −medida acordada además por Consejo Nacional de Seguridad Pública en 2017−, buena parte de las instituciones de procuración de justicia no atienden esos precedentes, lo que obstaculiza el acceso a la justicia, la verdad y la reparación de las víctimas.

El Comité recomendó además al Estado mexicano “…garantice la aplicación efectiva de las disposiciones del derecho penal sobre el feminicidio…”. En este sentido, Amnistía Internacional advierte que “la impunidad es un factor clave en la persistencia de los feminicidios” y cita datos del Instituto Nacional de Estadística, Geografía e Informática (INEGI), en el sentido de que de 2015 a 2018 fueron asesinadas en México un total de 12,378 mujeres y únicamente se dictaron 407 sentencias condenatorias por delitos de feminicidios.

El movimiento recomienda en su informe enviado al Comité CEDAW que el Estado mexicano impulse la aplicación efectiva de los protocolos para la investigación criminal de los feminicidios; asegure que todas las muertes violentas de mujeres sean investigadas con perspectiva de género y asegure recursos financieros, materiales, técnicos y humanos para que las instancias encargadas de la investigación del delito de feminicidio, a nivel nacional y local, lleven a cabo sus actividades.

Personas desaparecidas

Sobre este punto, el Comité CEDAW recomendó al Estado mexicano “…agilice la búsqueda de las mujeres y niñas desaparecidas, adopte políticas y protocolos específicamente orientados a mitigar los riesgos asociados con la desaparición de mujeres y niñas…”.

Al respecto, el movimiento advierte que la desaparición de personas en México es alarmante. El Registro Nacional de Personas Desaparecidas y No Localizadas (RNPDNO) reportó 75.060 personas desaparecidas y no localizadas, en el periodo del 15 de marzo de 1964 al 4 de septiembre de 2020. De ellas, 18.772 (25.01%) son mujeres.

El movimiento expresa su preocupación porque el 50.18% (9,419) del total de las mujeres desaparecidas y no localizadas, son jóvenes de 15 a 29 años; 2,131 de ellas se encuentran en el rango de edad 10 a 14 años (11.35%), 550 de 5 a 9 años (2.93%), y 707 de 0 a 4 años (3.77%).

Amnistía Internacional advierte que pese la entrada en vigor, en 2017, de la Ley General en Materia de Desaparición Forzada de Personas, Desaparición Cometida por Particulares y del Sistema Nacional de Búsqueda de Personas, a la fecha 17 entidades federativas no han aprobado la legislación local armonizada con la Ley General; seis aún deben conformar su fiscalía especializada en delitos de desaparición y siete tienen pendiente designar titular de la comisión local de búsqueda.

Señala también que la estrategia de hacer frente a las carencias institucionales para gestionar e identificar miles de restos humanos, aún no tiene resultados plausibles.

Amnistía Internacional recomienda, entre otros puntos, depositar a la brevedad ante Naciones Unidas la aprobación de la competencia del Comité contra las Desapariciones Forzadas de la ONU e invitarles a llevar a cabo una visita oficial; asegurar que la FGR y las fiscalías estatales procedan, mediante una coordinación efectiva, a la pronta implementación del Protocolo Homologado para la Búsqueda de las Personas Desaparecidas y No Localizadas.

Alerta de Violencia de Género contra las Mujeres

En este tema, el Comité CEDAW recomendó al Estado mexicano evaluar la repercusión del mecanismo “a fin de garantizar una utilización amplia y armonizada y la coordinación en los planos federal, estatal y municipal, y vele por la participación de organizaciones no gubernamentales, expertos del mundo académico y defensores de la perspectiva de género y los derechos humanos, así como mujeres víctimas de la violencia”.

Al respecto, Amnistía Internacional advierte que, a la fecha, el gobierno mexicano tiene activos 21 protocolos de Alerta de Violencia de Género contra las Mujeres (AVGM) que, aunque han visibilizado las violencias sistemáticas contra las mujeres y los vacíos legales y de política pública, no se observan cambios sustanciales en la disminución de la violencia feminicida.

Advierte que aunque INMUJERES evaluó el mecanismo en 2018, a la fecha no se ha definido la ruta de trabajo para implementar sus recomendaciones; hay ambigüedades en la reglamentación del funcionamiento de las AVGM, ausencia de planificación estratégica e insuficiencia de los recursos humanos, materiales y financieros asignados a las instituciones encargadas del seguimiento.

Además, el financiamiento de las medidas propuestas en el marco de la AVGM es ambiguo y se ha agravado en el contexto de pandemia por el COVID-19, por las medidas de austeridad presupuestaria dictadas por el gobierno federal.

En este sentido, Amnistía Internacional recomienda, entre otros aspectos, que el Estado mexicano asegure recursos presupuestales para las instituciones, los programas y políticas públicas orientados a promover la igualdad y a garantizar el derecho de las mujeres a una vida libre de violencia.

Recomienda también que se respete lo dispuesto en la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, en el sentido de que no se pueden disminuir los recursos de los programas presupuestarios incluidos en el Anexo 13. Erogaciones para la igualdad entre mujeres y hombres, de la Ley de Presupuesto de Egresos de la Federación y garantizar que las medidas de austeridad que se tomen en el contexto de la atención a la pandemia por el COVID 19, no deriven en retrocesos en la tutela de los derechos de las mujeres.

Más información: Usted puede consultar el Informe al Comité para la Eliminación de la Discriminación Contra la Mujer, de Amnistía Internacional México en la siguiente liga: